LOS LÍMITES DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El señor Rajoy ha afirmado, refiriéndose a la sentencia condenatoria al señor Jiménez Losantos, que “el único límite a la libertad de expresión es el derecho al honor” (El País, 17de junio 2008, pag. 18). Pero, puede, que el Sr. Rajoy se haya quedado corto en la expresión. Porque es indudable que existen otros límites, acordes con el artículo 20 1,d, de la Constitución española que dice lo siguiente: Se reconocen y protegen los derechos….:d): “A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión”. La veracidad es la base y el fundamento de la relación entre las personas y, también de los Medios de comunicación social que informan sobre la realidad social, política, cultural etc. Una noticia es un mensaje que, si no se atiene a la realidad, si la desvirtúa, no sólo es falsa, sino que, también, engaña al que la recibe. Se parte de la idea de que hay que creer a quien tiene el deber de informar, pero, si hay que creer a quien informe, es porque se considera que nos dice las cosas tal como son sin tergiversarlas.
Vamos a intentar explicar que, es indudable que, la información “de por sí”, siendo como es, una necesidad social, y base de la relación entre personas como modo ineludible de comunicación y de vínculo necesario entre ciudadanos de ambos sexos, se basa en la veracidad de lo que se informa, porque, si la información no fuera veraz (es decir: “conforme con la verdad y, por ello, con la realidad que se transmite) no sería tal información, sino todo lo contrario, es decir, sería desinformación o información deformada. Por lo tanto, la comunicación veraz es una exigencia esencial de la sociedad, puesto que, sin mutua comunicación y expresión, no puede haber auténtica relación social.
Toda persona tiene el derecho a conocer la sociedad en que vive. Si, quienes deben informar, manipulan o distorsionan la realidad, o presentan datos reales, pero deformándolos, está dañando el derecho de todo ciudadano a estar bien informado. Por lo que toda información basada en la mentira, lleva consigo la necesidad de que, quien tuviera que tomar decisiones con bases falsas, corre el riesgo de cometer errores o de realizar actos injustos, consecuentes a la mala información recibida, puesto que actúa bajo la influencia del engaño que le hace ver que hay lo que no hay. La mentira es, por naturaleza, “engañosa” e induce a las personas a actuar a tenor del falso conocimiento que se posee.
Vemos pues que, que también, existe el derecho a la información veraz, derecho que es propio de toda la sociedad y esencial para el diálogo social. Es, además, una gravísima obligación del informador de no mentir y más, a través de los medios de comunicación social. Informar mintiendo, ridiculizando, vejando o calumniando etc. es una ofensa a toda la ciudadanía, aunque el punto de referencia fuese una sola persona. Es un daño del informador contra toda la sociedad. El daño está en la ofensa al honor de una o varias persona, pero se ha dañado también a todos y cada uno de los ciudadanos o ciudadanas maltratados por la información. Así de amplios son los límites. Así de grandiosa es la verdad informativa. Saber que la Conferencia episcopal no toma serias medidas con el informador de su emisora que ha mentido, calumniado e injuriado, a mí me parece grave. Da una cierta dosis de tristeza. Por eso de que:”La verdad os hará libres”.
.19 de Junio de 2008.

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